
La denominada Ley Egalim 3 nace con el objetivo de aumentar la protección de los agricultores en sus relaciones comerciales con la gran distribución y minoristas
Con el objetivo de reequilibrar las relaciones comerciales entre los proveedores agroalimentarios y los distribuidores, se aprobó la ley n°2023-221, de 30 de marzo de 2023. Se aplica desde el 1 de abril de 2023. El objetivo principal de esta ley, denominada Egalim 3, es aumentar la protección de los agricultores en sus relaciones comerciales con la gran distribución y minoristas.
Esta continuación a la Ley Egalim y Egalim 2, pensadas para proteger al sector agrícola francés, puede igualmente proteger a productores navarros que vendan sus productos en suelo francés gracias a las diversas medidas introducidas:
1. Posibilidad de interrumpir las entregas o aplicar un preaviso de rescisión de contrato en caso de fracaso de la negociación anual
Las negociaciones comerciales entre proveedores alimentarios y distribuidores (gran distribución) tienen lugar cada año del 1 de diciembre al 1 de marzo. En estas negociaciones se trata el precio del producto, la cantidad de pedidos y posibles descuentos. Hasta ahora, si las partes no habían llegado a un acuerdo antes del 1 de marzo, el proveedor debía entregar al distribuidor en las condiciones pactadas el año anterior. Esta disposición ignoraba la posibilidad de un fuerte incremento en los costos de producción de un año a otro para el proveedor.
A partir de ahora, durante los próximos 3 años y con carácter experimental, si antes del 1 de marzo (o dentro de los dos meses siguientes al inicio del periodo de comercialización de los productos o servicios sujetos a un determinado ciclo de comercialización) no se llega a ningún acuerdo, el proveedor podrá:
En caso de discrepancia sobre las condiciones del preaviso, las partes podrán remitir el asunto al mediador de relaciones comerciales agrícolas o al mediador empresarial a fin de celebrar, antes del 1 de abril, un acuerdo que fije las condiciones del preaviso. El precio acordado se aplicará retroactivamente a los pedidos realizados a partir del 1 de marzo. Si la mediación no conduce a un acuerdo, el proveedor podrá poner fin a cualquier relación comercial con el distribuidor, sin que éste pueda alegar una terminación súbita de la relación comercial.
2. Sanciones contra tácticas de presión por parte de distribuidores
Con el fin de presionar a los proveedores, los distribuidores no respetan la fecha límite del 1 de marzo. Para poner fin a esta práctica, esta nueva ley prevé que, en caso de incumplimiento del plazo del 1 de marzo, el distribuidor incurra en una multa administrativa no superior a 200.000 € para una persona física y de 1 millón de euros para una persona jurídica. La multa podría doblarse en caso de reincidencia dentro de los 2 años siguientes a la primera sanción.
3. Protección de la buena fe
Para preservar los intereses de los proveedores y garantizar el cumplimiento del plazo del 1 de marzo, la ley Egalim 3 indica que la negociación del contrato escrito debe realizarse de buena fe por las partes. El incumplimiento de esta buena fe, cuando esta tiene como consecuencia la no permisión de la realización de un contrato en el plazo establecido, constituye una práctica restrictiva de la competencia que compromete la responsabilidad de su autor y lo obliga a reparar el daño causado.
4. Jurisdicción de los tribunales y aplicación de la ley francesa
Los acuerdos celebrados entre un proveedor y un distribuidor relativos a productos o servicios comercializados en Francia están sujetos a la legislación francesa. Además, los conflictos resultantes de su aplicación son resueltos por los tribunales franceses, sujeto al cumplimiento de la legislación de la Unión Europea, los tratados internacionales y el recurso al arbitraje.
El objetivo de esta medida es proteger los productos franceses contra los centros de compra (intermediarios del comercio mayorista) ubicados en el extranjero y contra la “evasión legal” que pueden practicar los distribuidores.
5. Limitación de sanciones y creación de una convención logística
Para evitar los abusos practicados por la gran distribución, las sanciones logísticas que esta puede imponer a proveedores se han limitado al 2% del valor de los productos pedidos pertenecientes a la categoría en la que se ha observado el incumplimiento de los compromisos contractuales. Los distribuidores también deberán comunicar a la Dirección General de Competencia, Consumo y Prevención del Fraude (Directrice générale de la concurrence, de la consommation et de la répression des fraudes | diese) el importe de las sanciones impuestas a sus proveedores durante el último año. Los proveedores también deberán comunicar las sanciones sufridas en el último año. Esta comunicación se realizará a más tardar el 31 de diciembre de cada año.
La ley Egalim 3 también introduce una convención logística, que será independiente del acuerdo comercial relativo a los precios.
6. Ampliación de medidas para regular promociones y el umbral de reventa a pérdida
Finalmente, la ley Egalim 3 amplía la implementación de las medidas introducidas por las leyes Egalim y Egalim 2:
Texto de ley y fuentes